ARCHIVADO. Repartido a comisión el 30 de julio del 2007.
Es objeto de la presente ley instrumentar la cultura de la Basura cero en el marco de la gestión y manejo integral de los residuos sólidos ordinarios no peligrosos, bajo los principios rectores de corresponsabilidad ciudadana, minimización, fortalecimiento de las cadenas de reciclaje y aprovechamiento e inclusión de la población recicladora de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, con el fin de proteger los recursos naturales, la población y el patrimonio público y privado.