LEY 1268 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2008 - SENADO- La Corte Constitucional en sentencia C-578 del 30 de Julio de 2002, declaró exequible la Ley 742 de 2002 y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998. En la sentencia la Corte estableció, que el texto correspondiente a los Elementos de los Crímenes y a las Reglas de Procedimiento y Prueba, a que se refieren los artículos 9 y 51 del Estatuto de l a Corte Penal Internacional, respectivamente, cuya aprobación competía a la Asamblea de los Estados Partes por una mayoría de los dos tercios de sus miembros, no se sustraen de la aprobación del Congreso de la República ni del Control Constitucional previstos en la Constitución Política.