Senado: 061/21
Camara:
PROYECTO DE LEY POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA UN ARTÍCULO AL DECRETO LEGISLATIVO 444 DE 2020 "POR EL CUAL SE CREA EL FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS -FOME Y SE DICTAN DISPOSICIONES EN MATERIA DE RECURSOS, DENTRO DEL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA"
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.S. ANGÉLICA LOZANO CORREA, AIDA YOLANDA AVELLA ESQUIVEL, IVÁN MARULANDA GÓMEZ, JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA, JUAN LUIS CASTRO CORDOBA, ANTONIO ERESMID SANGUINO PÁEZ, H.R. JUANITA GOEBERTUS ESTRADA, CATALINA ORTIZ LALINDE, MAURICIO TORO ORJUELA |
Origen: |
SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: |
24 Julio 2021 |
Repartido a Comisión: |
TERCERA |
Fecha de Envío a Comisión: |
10 Agosto 2021 |
Ponente Primer Debate: |
HS. EFRAÍN JOSE CEPEDA SARABIA, IVÁN MARULANDA GOMEZ |
Ponente Segundo Debate: |
HS. EFRAÍN JOSE CEPEDA SARABIA, IVÁN MARULANDA GOMEZ |
Conciliadores: |
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Comisión Accidental de Objeciones: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
10 Noviembre 2021 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Conciliación: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación de Objeciones: |
01 Enero 0000 |
Estado: |
ARCHIVADO POR RETIRO DEL AUTOR |
En Plenaria del 08/08/2022 |
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: |
Primera Ponencia Senado: |
Segunda Ponencia Senado: |
Gaceta 902/2021 |
Gaceta 1065/2021 |
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Texto Plenaria Senado: |
Conciliación Senado: |
Objeciones Senado: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
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Ponentes Segundo Debate: |
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Conciliadores: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: |
Primera Ponencia Cámara: |
Segunda Ponencia Cámara: |
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Texto Plenaria Cámara: |
Conciliación Cámara: |
Objeciones Cámara: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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Tema: |
AMBIENTE |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
La presente ley tiene como objeto adicionar el Decreto Legislativo 444 de 2020. Este Proyecto señala que El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentará, a más tardar el 30 de noviembre del presente año, un plan detallado del uso de los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias –FOME– y de todos los demás recursos apropiados en el marco del estado de emergencia. Este plan de gasto deberá desglosar el uso planeado de los recursos año por año hasta que se agoten los recursos, entidad por entidad, y programa por programa. Por cada programa se deberá incluir una justificación acerca de qué lo hace necesario y cómo aporta a la mitigación de la emergencia. Las asignaciones de recursos a cada programa no se podrán modificar sin aprobación del Congreso de la República. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentará cada seis meses en los años subsiguientes mientras se continúen ejecutando recursos destinados a la emergencia ocasionada por la pandemia, reportes detallados de la ejecución de estos recursos que incluyan una valoración de los logros obtenidos en el marco de la respuesta a la pandemia. Parágrafo: El plan detallado del uso de los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME– deberá atender el principio de la divulgación proactiva de la información consagrado en la ley 1712 de 2014 y será una obligación publicar y divulgar documentos y archivos que plasman 4 la actividad estatal y de interés público, de forma rutinaria y proactiva, actualizada, accesible y comprensible.
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