Senado: 031/19
Camara: 500/20
POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL SELLO DE GASTRONOMÍA LOCAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
|
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.S. MARIA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA |
Origen: |
SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: |
24 Julio 2019 |
Repartido a Comisión: |
SEXTA |
Ponente Primer Debate: |
H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ RODRIGUEZ |
Ponente Segundo Debate: |
H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ RODRIGUEZ |
Fecha de Aprobación Primer Debate: |
06 Junio 2020 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
15 Diciembre 2020 |
Estado: |
LEY |
2144 del 10 de agosto de 2021 |
Publicaciones Senado:
-
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
Coordinador ponente:H.R.MARTHA PATRICIA VILLALBA,MILTON HUGO ANGULO VIVEROS |
Ponentes Segundo Debate: |
H,R, MARTHA PATRICIA VILLALBA,MILTON HUGO ANGULO VIVEROS |
Fecha de Aprobación Primer Debate: |
02 Junio 2021 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
18 Junio 2021 |
Publicaciones Camara:
-
Tema: |
ALIMENTO |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
Este proyecto de ley busca proteger y salvaguardar la gastronomía y los establecimientos que ofrezcan al público los platos con tradición gastronómica local; por medio de un sello que garantice, demuestre e identifique el origen y la tradición de los alimentos. Específicamente, incentivar al pequeño productor, proteger los productos de la zona geográfica; impulsar los saberes y tradiciones de cada producto; promover los productos locales y mejorar el entorno medioambiental de la gastronomía, incitando al visitante a consumir los productos locales. El Sello será entregado al plato de comida que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley y al establecimiento local que lo produce.
Así, el proyecto establece la creación del sello de gastronomía local, el cual diseñará el Ministerio de Cultura, donde se indique el origen y la tradición de los alimentos que lo posean y de los establecimientos que lo producen. El Ministerio de Industria Comercio y Turismo y el Ministerio de Cultura serán los encargados de autorizar la entrega de este sello a los establecimientos que lo soliciten y que cumplan con lo establecido en esta ley.
Los requisitos para la obtención del Sello Gastronómico Local son los siguientes:
1. El plato deberá estar inscrito en el registro de gastronomía local tradicional que para el efecto cree y reglamente el Ministerio de Cultura.
2. Los platos deberán ser elaborados con al menos un 60% de ingredientes regionales, autóctonos y/o provenientes de la misma zona.
3. Los restaurantes para obtener el sello deberán ofrecer a los comensales al menos dos (2) platos que tengan el sello de gastronomía local y que se ofrezcan en forma permanente.
4. Los restaurantes deberán tener un concepto e identidad temática que corresponda con la identidad cultural regional.
Por último, los beneficios del Sello de Gastronomía Local serán:
1. Una placa distintiva que identifique la obtención del Sello de Gastronomía Local que deberá exponerse en sitio visible.
2. Acceso a programas de capacitación y eventos de promoción nacional e internacional organizados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Ministerio de Cultura a través de la red de eventos gastronómicos de Colombia.
3. Reconocimiento en las guías oficiales de promoción de sitios recomendados para comer por ser restaurantes con el sello gastronómico local.
4. Pertenecer a una cadena o ruta gastronómica regional.
5. Acceder a líneas de financiamiento que para este propósito diseñe el gobierno nacional, y que permita el mejoramiento de la infraestructura, dotación y capacitación de los restaurantes que tengan el sello de gastronomía local.
|
 |
|
 |
Ver o Descargar Texto Radicado