Senado: 214/19
Camara: 029/18
POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL PLAN NACIONAL VOLUNTARIO DE DESARME BLANCO
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.R. BUENAVENTURA LEON LEON |
Origen: |
CÁMARA DE REPRESENTANTES |
Fecha de Presentación: |
20 Julio 2018 |
Repartido a Comisión: |
PRIMERA |
Ponente Primer Debate: |
H.S. JUAN CARLOS GARCÍA GÓMEZ |
Ponente Segundo Debate: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Estado: |
ARCHIVADO |
Conforme al Art 190 de la Ley 5 y 162 de la C.P. |
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: |
Primera Ponencia Senado: |
Segunda Ponencia Senado: |
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Gaceta 1070/19 |
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Texto Plenaria Senado: |
Conciliación Senado: |
Objeciones Senado: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
H.R. BUENAVENTURA LEON LEON, ALEJANDRO ALBERTO VEGA PEREZ, INTI RAUL ASPRILLA REYES, LUIS ALBERTO ALBAN URBANO, JOHN JAIRO HOYOS GARCIA, EDWAR ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ. |
Ponentes Segundo Debate: |
H.R. BUENAVENTURA LEON LEON, ALEJANDRO ALBERTO VEGA PEREZ, INTI RAUL ASPRILLA REYES, LUIS ALBERTO ALBAN URBANO, JOHN JAIRO HOYOS GARCIA, EDWAR ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ. |
Fecha de Aprobación Primer Debate: |
12 Junio 2019 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
03 Septiembre 2019 |
Publicaciones Camara:
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Tema: |
PENAL |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
El proyecto de ley tiene como objeto la creación de una estrategia en el marco de la convivencia y seguridad ciudadana en el territorio nacional, con el fin de garantizar la creación y el fortalecimiento de la previsión, prevención y control de las lesiones personales, homicidios y delitos cometidos con armas cortopunzantes y/o blancas.
Con tal objetivo crea el PLAN NACIONAL DE DESARME CIUDADANO como un conjunto de estrategias con alto contenido pedagógico y como instrumento para la construcción de una sociedad sin armas. Tendrá como objetivo la creación y consolidación de estrategias que deben sumar enfoques preventivos, de control, simbólicos, comunicativos y de medidas aplicadas, basándose en la difusión de información que conlleve a la reflexión y el diálogo social sobre los riesgos, límites y consecuencias del porte de armas blancas que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en términos de seguridad y convivencia.
El Plan estará bajo la coordinación y la acción de la Gobernaciones y Alcaldías Municipales, cada ente territorial desarrollará un plan de acción para el cumplimiento de esta normativa, en concordancia con sus planes de desarrollo, Planes integrales de Convivencia y Seguridad y definiciones de trabajo de las autoridades de Policía presentes en el territorio.
Teniendo en cuenta que el Plan busca llegar a diferentes poblaciones y por ende cada municipio creará las estrategias necesarias y particulares para el cumplimiento de la normativa con el fin de llegar diferenciadamente a menores de edad, poblaciones protegidas constitucionalmente, grupos minoritarios y demás poblaciones identificadas en diagnósticos de variables como ciclos vitales y ubicación geográfica según afectación del fenómeno de agresiones en el municipio de acuerdo a las cifras oficiales de Policía, Fiscalía, Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía, Ejército y Medicina Legal.
En la implementación del componente policivo, en los territorios Departamentales y/o Municipales de manera coordinada con las instancias encargadas de la seguridad y la convivencia se realizarán operativos permanentes y continuos en los establecimientos públicos, abiertos al público, en el Sistema Integrado de Transporte Público, en los vehículos de Transporte Público Colectivo e individual y en el Espacio Público en general, en lo relativo a la prohibición expresa del porte no autorizado, venta y compra de todo tipo de armas blancas tales como cuchillos, puñales, puñaletas, navajas, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, martillos y otros similares para utilizarlos como armas de carácter defensivo u ofensivo, ni instrumentos que puedan emplearse en la comisión de hechos que pongan en peligro la vida y la integridad personal o el patrimonio económico de las personas, en el espacio público, en escenarios deportivos, culturales o de recreación.
Finalmente, se establece que se instalarán puestos de control móviles en los lugares en donde se hayan identificado uso delictivo de dichas armas y se procederá a la incautación de los elementos antes mencionados, la cual se realizará por parte de la Policía Nacional y en todos los casos se impondrá el decomiso de las mismas.
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