Senado: 149/19 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL FOMENTO DE SERVICIOS PARA LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO COLOMBIANO |
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | ||
Autor: | H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ RODRIGUEZ | |
Origen: | SENADO DE LA REPUBLICA | |
Fecha de Presentación: | 21 Agosto 2019 | |
Repartido a Comisión: | SEXTA | |
Ponente Primer Debate: | H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ RODRIGUEZ | |
Ponente Segundo Debate: | H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ RODRIGUEZ | |
Fecha de Aprobación Primer Debate: | 13 Noviembre 2019 | |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 | |
Estado: | ARCHIVADO | articulo 190 ley 5/92 |
Exposición de Motivos Senado: | Primera Ponencia Senado: | Segunda Ponencia Senado: |
Gaceta 831/19 | Gaceta 1025/19 | Gaceta 51/2020 |
Texto Plenaria Senado: | Conciliación Senado: | Objeciones Senado: |
Conceptos: | Texto Rehecho: | |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
Fecha de Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Exposición de Motivos Cámara: | Primera Ponencia Cámara: | Segunda Ponencia Cámara: |
Texto Plenaria Cámara: | Conciliación Cámara: | Objeciones Cámara: |
Conceptos: | Texto Rehecho: | |
Tema: | AGROPECUARIO |
Iniciativa: | CONGRESIONAL |
El presente proyecto de ley busca contribuir al fortalecimiento de la gestión cultural que adelanta el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en el cual se incluyen a las entidades territoriales, con el fin de promover y garantizar canales de comunicación que permitan el fortalecimiento, la protección y promoción de capacidades locales de gestión y la apropiación de las apuestas en materia de patrimonio cultural, arqueológico y etnográfico de la Nación.
Con tal objetivo, el proyecto establece que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia, promoverá, definirá y recaudará las tarifas correspondientes a bienes y servicios propios prestados por la entidad que generan conocimiento, cultura, flujos económicos, tejido social y memoria, asociados con el patrimonio arqueológico, etnográfico o histórico de la nación, entre otros: 1. El alquiler de espacios para el almacenamiento, investigación, promoción y difusión de bienes y servicios vinculados al patrimonio etnográfico o arqueológico de la nación. 2. La creación, desarrollo y circulación de proyectos editoriales, audiovisuales, museológicos, de medios digitales y objetos divulgativos propios o en asocio con particulares, en los distintos soportes en que sean entregados. 3. La formulación y/o ejecución de planes y proyectos de investigación, de gestión, de formación, entre otros, relativos a bienes arqueológicos, etnográficos o históricos de la nación. 4. Prestación de servicios de investigación mediante el uso de tecnologías, incluido el sensoramiento remoto y otros instrumentos y servicios tecnológicos aplicados a la arqueología. 5. El uso y circulación de imágenes propias de la entidad, así como la toma de fotografías, grabaciones de video, filmaciones y actividades artísticas o publicitarias en los parques arqueológicos que administra el Instituto Colombiano de Antropología e Historia. El Instituto Colombiano de Antropología e Historia fijará el sistema para definir las tarifas de los servicios bajo un esquema de costos estandarizados, cuyas valoraciones y ponderaciones de los factores que intervienen en su definición se realizarán bajo procedimientos técnicamente aceptados de costeo. El método seguirá las siguientes pautas técnicas: a) Elaboración y normalización de flujogramas para los diferentes procesos con el propósito de determinar sus rutinas; b) Cuantificación de los materiales, suministros y los demás insumos tecnológicos y de recurso humano utilizados anualmente, en cada uno de los procesos y procedimientos definidos en el literal anterior; c) Cuantificación de los costos y de los programas de tecnificación y modernización de la operación de los servicios; d) Estimación de las frecuencias de utilización de los servicios generadores de la tarifa del servicio. El pago de las tarifas estará a cargo de la persona natural o jurídica que solicite la prestación de los bienes y/o servicios. El recaudo correspondiente a las tarifas autorizadas por la presente ley estará a cargo del Instituto Colombiano de Antropología e Historia. |
Sección de Leyes Senado. Piso 1 Capitolio Nacional, Teléfonos: (57)(1) 382 5186 - (57)(1) 382 5381 - (57)(1) 382 5367
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