Esta iniciativa pretende extender el beneficio de la licencia materna de la que ya gozan las mujeres trabajadoras del país, incluyendo las funcionarias públicas, y mujeres con cargos de elección popular como las concejalas, a quienes en la actualidad no están siendo cobijadas, como lo son EDILESAS Y DIPUTADAS, las cuales, en su mayoría han tenido que acudir a conceptos, solicitudes, etc., que les permitan acceder a este derecho, debido al vacío actual de la ley. Esto, a pesar de que Edilesas y Diputadas, también hacen parte de las mujeres trabajadoras del país, y que especialmente, ejercen sus labores en favor de la comunidad, reciben honorarios y cotizan a la seguridad social. Lo cual permitiría proteger de manera integral, a TODAS las mujeres que ocupan cargos de elección popular en el país, extendiendo este beneficio a la calidad de vida de sus familias e hijos, para que estas no tengan que ausentarse en sus primeros meses de vida debido al desarrollo de las labores propias de su cargo. Adicionalmente, el proyecto también reconoce a los padres que hagan parte de estas corporaciones.
Con este objetivo, consagra el proyecto que la concejala o edilesa en estado de embarazo, o adoptante de un menor de edad, tendrá derecho al reconocimiento de la licencia de maternidad remunerada por el tiempo y en las condiciones establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo. La remuneración pagada durante la licencia corresponderá al valor de los honorarios correspondientes a las sesiones que se realicen durante su licencia de maternidad, los cuales serán pagados, bien sea a través de la respectiva póliza de salud o por medio de la EPS a la que se encuentre afiliada. Parágrafo. En el caso y reconocimiento de la licencia de paternidad se aplicarán las disposiciones establecidas en la normatividad vigente.
Igualmente, adiciona al Código de Régimen Departamental las mismas disposiciones y adiciona que en el caso y reconocimiento de la licencia de paternidad se aplicarán las disposiciones establecidas en la normatividad vigente