Senado: 097/18
Camara:
POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN MEDIDAS PARA FOMENTAR LA RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS CON ESPECIES NATIVAS EN PREDIOS RURALES DE USO AGROPECUARIO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.S. RODRIGO LARA RESTREPO,ANA MARIA CASTAÑEDA, LUIS EDUARDO DIAZ GRANADOS, FABIAN GERARDO CASTILLO SUAREZ, CARLOS ABRAHAM JIMENEZ LOPEZ, GERMAN VARON COTRINO, Honorables Representantes JULIO CESAR TRIANA QUINTERO, JORGE MENDEZ HERNANDEZ, SALIM VILLAMIL QUESSEP, JAIME RODRIGUEZ CONTRERAS, JOSE DANIEL LOPEZ JIMENEZ, JOSE LUIS PINEDO OCAMPO, CIRO FERNANDEZ NUÑEZ. |
Origen: |
SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: |
15 Agosto 2018 |
Repartido a Comisión: |
QUINTA |
Ponente Primer Debate: |
H.S. GUILLERMO GARCÍA REALPE, DAIRA DE JESÚS GALVIS MÉNDEZ |
Ponente Segundo Debate: |
H.S. GUILLERMO GARCÍA REALPE, DAIRA DE JESÚS GALVIS MÉNDEZ |
Fecha de Aprobación Primer Debate: |
04 Diciembre 2018 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Estado: |
ARCHIVADO |
Articulo 190 de la Ley 5ta de 1992 y el articulo 162 de la Constitución Politica, 20 junio 2020. |
Publicaciones Senado:
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TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
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Ponentes Segundo Debate: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: |
Primera Ponencia Cámara: |
Segunda Ponencia Cámara: |
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Texto Plenaria Cámara: |
Conciliación Cámara: |
Objeciones Cámara: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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Tema: |
AGROPECUARIO |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
Todo propietario de predios rurales destinados al uso agropecuario con una extensión superior a una (1) unidad agrícola familiar, cuyas pendientes estén entre veinticinco por ciento (25%) y cincuenta por ciento (50%), tiene la obligación de destinar en arreglos silvícolas protectores y/o protectores productores, por lo menos el cinco por ciento (5%) de la superficie del predio para restaurar el ecosistema con especies nativas, adicionalmente Todo propietario de predios rurales destinados al uso agropecuario con una extensión superior a cincuenta (50) hectáreas, tiene la obligación de destinar en arreglos silvícolas protectores y/o protectores productores, por lo menos el diez por ciento (10%) de la superficie del predio para restaurar el ecosistema con especies nativas, por ultimo La restauración del ecosistema con especies nativas deberá realizarse de conformidad con el presupuesto y herramientas con las que cuente cada propietario del predio rural de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Ambiente a través de las Corporaciones Autónomas Regionales y de la Unidad de Adecuación de Tierras del Ministerio de Agricultura para el efecto.
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