Senado: 242/19
Camara: 310/19
POR MEDIO DE LA CUAL SE RINDE HOMENAJE A LOS HÉROES LLANEROS DE LA INDEPENDENCIA Y A LA MEMORIA DE JUAN NEPOMUCENO MORENO COMO PROCER DE LA GESTA LIBERTADORA
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.S. AMANDA ROCIO GONZALEZ |
Origen: |
SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: |
20 Marzo 2019 |
Repartido a Comisión: |
SEGUNDA |
Ponente Primer Debate: |
H.S. ANA PAOLA AGUDELO GARCIA. |
Ponente Segundo Debate: |
H.S. ANA PAOLA AGUDELO GARCIA. |
Fecha de Aprobación Primer Debate: |
12 Junio 2019 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
02 Diciembre 2019 |
Estado: |
ARCHIVADO |
Art.190 Ley 5 de 1992 y 162 de la C.P. |
Publicaciones Senado:
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TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
H.R. JOSE VICENTE CARREÑO |
Ponentes Segundo Debate: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: |
Primera Ponencia Cámara: |
Segunda Ponencia Cámara: |
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Texto Plenaria Cámara: |
Conciliación Cámara: |
Objeciones Cámara: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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Tema: |
HONORES |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
A través de la presente ley, se busca reconocer la participación de las acciones sociales y personajes llaneros y la especial contribución realizada por el General Juan Nepomuceno Moreno, gobernador militar de la Provincia del Casanare, por orden del General Simón Bolívar en 1818. Lo anterior en el marco de lo establecido por la ley 1916 de 2018, “por medio de la cual la nación se vincula a la celebración de la Campaña libertadora de 1819 y se dictan otras disposiciones”. Entre los territorios referenciados en dicha norma se encuentra el Departamento del Casanare, y los municipios de Pore, Hato Corozal, Támara, Nunchía y Paz de Ariporo, escenarios de las acciones heroicas de la población llanera encabezadas por el prócer neogranadino Juan Nepomuceno Moreno.
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