Senado: 196/18
Camara:
POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA IMPRESCRIPTIBLE LA ACCIÓN Y LA SANCIÓN PENAL EN CASO DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACIÓN SEXUAL, O EL DELITO CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 237 DE LA LEY 599 DE 2000, COMETIDOS EN MENORES DE EDAD
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA |
Autor: |
H.S. JOSÉ RITTER LÓPEZ PEÑA |
Origen: |
SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: |
06 Noviembre 2018 |
Repartido a Comisión: |
PRIMERA |
Ponente Primer Debate: |
H.S. ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE |
Ponente Segundo Debate: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Estado: |
ARCHIVADO POR RETIRO DEL AUTOR |
Junio 7 de 2019 |
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: |
Primera Ponencia Senado: |
Segunda Ponencia Senado: |
Gaceta 943/18 |
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Texto Plenaria Senado: |
Conciliación Senado: |
Objeciones Senado: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES |
Ponentes Primer Debate: |
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Ponentes Segundo Debate: |
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Fecha de Aprobación Primer Debate: |
01 Enero 0000 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: |
01 Enero 0000 |
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: |
Primera Ponencia Cámara: |
Segunda Ponencia Cámara: |
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Texto Plenaria Cámara: |
Conciliación Cámara: |
Objeciones Cámara: |
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Conceptos: |
Texto Rehecho: |
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Tema: |
JURIDICO |
Iniciativa: |
CONGRESIONAL |
- Resumen:
La presente ley tiene como objeto hacer imprescriptible la acción penal en contra de personas que cometan delitos contra la libertad, integridad y formación sexual en menores de edad. la prescripción trae como consecuencia la extinción del derecho de acción. Esto significa que el transcurso del tiempo, sin la puesta en marcha del aparato jurisdiccional sobre un delito en particular, podría dar lugar a la imposibilidad de imputación y juzgamiento de tipo penal, en otras palabras, a la impunidad. cuando un delito de gravedad extrema, como es el caso de los delitos cometidos en contra de la libertad, integridad y formación sexual de los menores de edad, tenga la oportunidad jurídica de la extinción de la acción penal, a través de la figura de la prescripción, estamos frente a una excepción al castigo que corresponde una clara muestra de impunidad, la cual es totalmente inaceptable por la organización social del Estado colombiano, por cuanto el ordenamiento jurídico interno y el Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos le dan un carácter de prevalencia a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
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